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Iluminación Pública: Luminarias Solares DS-43

Iluminación Pública: Luminarias Solares DS-43

Luminarias Solares Decreto Supremo 43 (DS43)

¿Te ha pasado que estás en medio de la oscuridad, enciendes una luz y al instante llegan muchos sancudos, polillas o cualquier tipo de insecto?

Piensa que ese efecto se multiplica por cada luminaria o foco que existe en cada ciudad de Chile y en todo el mundo. Este efecto no deseado, es una de las tantas consecuencias de la contaminación lumínica, la cual impacta en la vida de insectos, animales e incluso en el ser humano.

Pero ¿qué es la contaminación lumínica?

Es la alteración por, acción humana, de la oscuridad natural de la noche, provocada principalmente por la luz mal utilizada, innecesaria o inadecuada generada por el alumbrado público de exterior.

En otras palabras, corresponde a luminarias de exterior que han sido instaladas de forma inadecuada, quizás iluminando al hemisferio superior (al cielo) cuando no se necesitan o donde existe exceso de iluminación sin hacer un uso eficiente de la energía.

¿Qué busca el Ministerio de Medio Ambiente con la normativa estipulada en el decreto supremo 43?

La norma de emisión incorporada en el DS-43 busca regular la contaminación lumínica. Esta es una ley que fue promulgada el año 2012, y si, aunque parezca extraño ya tiene 10 años de edad. En términos generales su propósito es evitar el flujo de luz hacia los cielos de Chile. Como dato anecdótico, inicialmente se pensó para proteger los cielos oscuros que favorecían el desarrollo astronómico en el norte de nuestro País.

Hoy, dado el aumento de la contaminación lumínica a nivel nacional, y las múltiples consecuencias que trae consigo este fenómeno para los diversos ecosistemas y la salud humana, se busca extender el uso de la norma a todo el territorio para así regular el uso eficiente y sostenible de la luz e incorporar la biodiversidad como objeto de protección, lo que nos conducirá de una iluminación eficiente a una iluminación exterior sostenible y amigable con el entorno.

¿Qué propone la norma inserta en el DS-43?

POSICIÓN: Las luminarias públicas deben ser instaladas en ángulo recto, con la finalidad de evitar todo tipo de emisión de luz hacia el cielo (hemisferio superior).

SOBREILUMINACIÓN: Los niveles de iluminación (iluminancia y luminancia) no excederán mas allá del 20% a los valores mínimos establecidos en la normativa chilena vigente: el Decreto N°2 y N°51 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

LUZ ESPECTRAL: Se acotó el contenido de luz azul, ultravioleta e infrarroja de cada luminaria, desde un 15% a un 7% en todo el territorio, y a un 1% en zonas relacionadas, tanto respecto de la industria astronomía como también la biodiversidad.

NUESTRA OFERTA DE LUMINARIAS SOLARES DS-43

En Natura Energy queremos aportar al desarrollo de espacios públicos libres de contaminación lumínica y con orgullo podemos probar que tenemos años trabajando con iluminación pública certificada DS-43, pero no nos hemos quedamos ahí, dado que vamos unos pasos más allá pues todos nuestros productos son autosustentables y obtienen su energía a partir del sol.

Si buscas iluminar espacios públicos con luminarias solares DS-43, en Natura Energy contamos con un amplió catalogo de productos para atender las necesidades de parques, costaneras, calles y carreteras. Nuestras luminarias solares DS43 incorporan luz cálida y posee el diseño estructural adecuado para evitar emanación de luz al hemisferio superior.

DETALLES DE CALIDAD DEL PRODUCTO: LUMINARIA SOLAR DS-43 marca NATEN

REFERENCIAS EXTERNAS:

- Fundación Cielos Chile

Publicación Diario Oficial: Actualización Norma Decreto Supremo 43